COLEF Cantabria informa sobre la deducción de la cuota colegial en la campaña de la Renta 2025
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- hace 4 días
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Con motivo del inicio de la campaña de la Renta 2025, el Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Físico Deportivos de Cantabria (COLEF Cantabria) informa a sus colegiados y colegiadas de la posibilidad de deducir la cuota de colegiación en la declaración del IRPF.
Las educadoras y educadores físico deportivos, como profesionales cuya colegiación es obligatoria para el ejercicio profesional, pueden incluir las cuotas abonadas al Colegio como gasto deducible, de acuerdo con la normativa fiscal vigente.
¿Qué se puede deducir?
Profesionales por cuenta ajena:
Pueden deducir las cuotas colegiales en el apartado de rendimientos del trabajo, en el epígrafe “Cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales” (casilla 0015), con un límite de hasta 500 euros anuales, siempre que la colegiación sea obligatoria.
Profesionales por cuenta propia (autónomos/as):
Pueden deducir la totalidad de la cuota colegial como gasto de la actividad económica, incluyéndola como gasto deducible en su contabilidad o en el apartado correspondiente de estimación directa, sin límite específico.
Aspectos importantes a tener en cuenta
Esta deducción no se incorpora automáticamente en el borrador de la renta, por lo que debe ser añadida por cada contribuyente.
Es recomendable conservar los justificantes de pago de las cuotas colegiales.
Solo es aplicable cuando existe ejercicio profesional y la colegiación es obligatoria.
Desde COLEF Cantabria
COLEF Cantabria recomienda a sus colegiados y colegiadas revisar con atención su declaración de la renta para asegurarse de aplicar correctamente esta deducción.
Para cualquier consulta o para solicitar justificantes de colegiación, el Colegio permanece a disposición de sus miembros.



